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jueves, 13 de diciembre de 2012

“ESTRATEGIA GEOPOLÍTICA DE NICARAGUA SOBRE EL PROYECTO GRAN CANAL INTEROCEÁNICO DE NICARAGUA 2012”



“ESTRATEGIA GEOPOLÍTICA DE NICARAGUA SOBRE EL PROYECTO GRAN CANAL INTEROCEÁNICO DE NICARAGUA  2012”
Dimas Antonio Delgado Alemán*



Palabras claves: geopolítica, intervencionismo, soberanía nacional, proyecto canal interoceánico, imperialismo.


Resumen


Para el Estado de Nicaragua la construcción de un Canal Interoceánico es una necesidad socioeconómica y cultural, coincidentemente también lo es para la comunidad internacional y el comercio marítimo mundial. Nicaragua cuenta hoy con un marco jurídico legal que le permite celebrar convenios con inversionistas extranjeros y nacionales, sosteniendo relaciones de respeto y cooperación mutua; salvaguardando los intereses nacionales. El proyecto impulsaría de manera significativa el progreso y desarrollo económico sostenible del país, protegiendo los recursos naturales y medioambientales de acuerdo a las leyes y tratados nacionales e internacionales al respecto.


Desarrollo del Artículo Científico


  1. Introducción

1.1  Presentación



El anhelo de realizar un canal interoceánico en territorio nacional  ha sido un sueño de muchas generaciones de nicaragüenses, prácticamente desde el periodo colonial español. Basta recordar que,  en 1524, el conquistador Hernán Cortés le enviaba carta al emperador español Carlos V en la que exponía que aquel que obtuviera el paso entre los dos océanos podría considerarse dueño del orbe.


1.2 Objetivo


Analizar la estrategia geopolítica de Nicaragua en el proyecto canalero Interoceánico, 2012.


1.3 Problemática y Justificación


¿Cuál es la estrategia geopolítica de Nicaragua en el proyecto canalero Interoceánico?

Esta problemática es importante porque involucra a instituciones que tienen como misión la seguridad de la población, del territorio nacional, la preservación y la protección de los recursos naturales. Hacemos referencia al Ejército Nacional, Policía Nacional, MARENA; a la Cancillería de la República por las relaciones de respeto y cooperación mutua con todos los países interesados en el tema; al Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales para realizar estudios topográficos y mapeos de la zona, así como a la iniciativa privada por la incidencia en el comercio nacional e internacional que generaría el Canal. Tampoco puede escapar de nuestra óptica que el desarrollo y progreso de las  comunidades indígenas o étnicas localizadas en la zona del Caribe nicaragüense son parte inseparable de los actores que deben involucrarse vivamente en el proyecto del canal; ello en correspondencia con sus costumbres y tradiciones.


1.4 Antecedentes


A mediados del siglo XIX, Nicaragua da los primeros pasos para la construcción de un Canal interoceánico, y, con este objetivo, contrata, en 1837-1840, a John Baily, quien al concluir el estudio manifestó la perspectiva de realizar tan magno proyecto. Y en 1858 con el Tratado Cañas-Jerez Nicaragua obtiene derechos exclusivos de canalización sobre el Río San Juan.


Grandes potencias económicas y militares como EE.UU e Inglaterra demostraron gran interés y apetencia por la posición geoestratégica de Nicaragua. Por ello, intervinieron directamente en sus políticas internas. Así, en enero de 1847, Inglaterra extendió la jurisdicción del rey misquito hasta San Juan del Norte con el propósito deliberado de adueñarse de la ruta canalera. Posteriormente, con la firma del tratado Clayton-Bulwer, EE.UU e Inglaterra pactaron en 1850 que ninguno podía hacer el canal interoceánico de forma unilateral,  obviamente sin tomar en cuenta a Nicaragua. Luego vino el capítulo de William Walker, quien después de declararse presidente de Nicaragua se adueñó de la ruta del tránsito  (1855-1857).


EE.UU fiel a la “Doctrina Monroe” y al “Destino Manifiesto”, intervino nuevamente  en Nicaragua, por causa de la  construcción del  canal, cuando estimó  que el presidente Zelaya obstaculizaba sus intereses en el tema; por lo que usó de pretexto el caso de la muerte de Cannon y Groce para enviar el ultimátum conocido como la “Nota Knox” en 1909, lo que dio como resultado el derrocamiento del General Zelaya. Su pecado no fue estar indispuesto a construir el canal con los EE.UU sino construirlo preservando la soberanía de Nicaragua.


Así el gobierno conservador de Adolfo Díaz, firmó un acuerdo (Tratado Chamorro-Bryan, 05 de agosto 1914) con el Gobierno de los Estados Unidos, otra vez por el mismo tema: la construcción  de un Canal Interoceánico, ocasión en la que se le otorga, entre otras cosas, al gobierno EE.UU. una concesión eterna y exclusiva sobre los derechos precisos y  convenientes para la  construcción del Canal  por 99 años prorrogables por otros 99 años.


Entre 1927 y 1933, en las montañas del  Norte de Nicaragua el General Augusto C. Sandino, luchaba heroicamente contra la intervención militar de EE.UU y al respecto manifestaba que el progreso exigía que se construyera el Canal de Nicaragua, pero con  capital de todo el mundo y no sólo con capital exclusivo de esta potencia.


Entre 1939 y 1948, Anastacio Somoza García, fundador de la dinastía del mismo nombre, promovió reformas en la constitución e introdujo artículos relacionados a la firma de Tratados que tuvieran por objeto la construcción del Canal, en los cuales se concedía a EE.UU el uso temporal  de todo el territorio nacional, el aire, la estratósfera, las aguas litorales. Así coincidían conservadores y liberales, de entonces, al servicio de los intereses imperiales.



El Dr. Arnoldo Alemán 1996-2001, creó el Acuerdo Presidencial No. 436-99, "Creación de la Comisión de Trabajo para el Gran Canal  Interoceánico de Nicaragua",  y durante el periodo del ing. Enrique Bolaños se dio continuidad al tema y reformó dicha comisión el 18 de marzo 2002. Como resultado de estos dos periodos, se llegó a proponer seis posibles rutas  de canalización, quedando pendiente de estudio  la ruta del Río San Juan.


En 2006, el presidente Bolaños anunció que el proyecto tendría un costo estimado de 18 millones de dólares y tomaría unos 12 años para construirlo, con una extensión promedio de 280 Km, y con capacidad para buques de hasta 250.000 toneladas.



Todas las rutas se ubican en la zona suroriental de Nicaragua, partiendo de las costas del Mar Caribe entre Laguna de Perlas y el Delta del Río San Juan de Nicaragua; todas pasan por el Lago Cocibolca y el istmo de Rivas por el sector del río Brito a desembocar en el Océano Pacífico.


1.5 Resultados Esperados


Que la estrategia geopolítica de Nicaragua sobre el proyecto canalero se regirá a través de la Ley 800 Ley del régimen jurídico de el gran canal interoceánico de Nicaragua (03/07/2012 que plantea de manera general: a) relaciones  de mutuo respeto que permitan la salvaguarda de la soberanía e independencia nacional dentro del marco de los Tratados y Convenios Internacionales y la legislación nacional; b) cooperación con los inversionistas para  la bienandanza del tránsito del comercio global, continuo, eficiente, seguro y la generación de empleo; c) declarar como zona de paz, seguridad y desarrollo económico sostenible el área de influencia del canal, previendo  todas las medidas medioambientales que garanticen la protección del mismo.


  1. Materiales y Métodos


El estudio se enmarca en el paradigma socio-crítico, porque se toman en cuenta los intereses de la nación. Procura la critica documental para identificar el potencial de Nicaragua para su cambio socioeconómico. Es de tipo documental porque se realiza a través de la consulta de libros, periódicos, revistas, leyes y artículos en sitios Web.


Es longitudinal, porque se extiende a través del tiempo (más de cien años) dando seguimiento al fenómeno denominado proyecto canalero nicaragüense.



3. Resultados y Discusión


Con el presidente Daniel Ortega Saavedra sucede algo novedoso, pues el proyecto canalero por primera vez tiene un marco jurídico legal,  ley 800 “ley del régimen jurídico de el gran canal interoceánico de Nicaragua (03/07/2012) que le da seguridad y estabilidad a los inversionistas a través de ella y la posibilidad real para el país de ejercer soberanía sobre dicho proyecto, con el  dominio del 51%  de las acciones para el Estado Nacional.  Además, reglamenta la supervisión el uso racional y sostenible del medioambiente en la zona geográfica de influencia, en el marco de los convenios y tratados nacionales e internacionales. Actualmente, se estudia la factibilidad de la ruta sobre el Río San Juan.


Se estima que el Canal Interoceánico  podría estar concluido en 10 años a partir de la aprobación de la ley 800 y que captaría entre 416 y 573 millones toneladas métricas del 2019 al 2025. Lo que representaría el 3.9% y 4.5% de la carga marítima mundial. En la actualidad, aún con la ampliación del Canal de Panamá, la demanda del transporte marítimo no es compensada totalmente ya que el canal panameño  sólo cubre,   aproximadamente, un tercio de la demanda estimada para 2019 (lo que representaría un 2.9% en la carga marítima mundial).


Por tanto, un nuevo Canal Interoceánico es una necesidad mundial, y lo mejor es que el lugar más propicio para construirlo, después de tantos siglos, sigue siendo Nicaragua. Por sus condiciones geográficas, al poseer la parte más angosta de tierra en América entre las dos masas continentales de agua, el Océano Pacífico y el Océano Atlántico y recursos naturales únicos que incluyen una amplia disponibilidad de lagos y ríos y tierras bajas, es de menor impacto al medio ambiente, es rentable y generaría muchos inversiones y empleos. Constituyéndose en un patrimonio de la nación y por su naturaleza tendrá las características de total neutralidad y de servicio  público internacional, lo que se traduciría en el despegue económico de Nicaragua.


4. Conclusiones y Recomendaciones


Existe actualmente una necesidad real, a nivel nacional e internacional, de construir un Canal Interoceánico,  debido al aumento de  la demanda en el transporte marítimo mundial.


El lugar que reúne las condiciones óptimas para su construcción es Nicaragua por sus recursos naturales y posición geoestratégica.


Nicaragua cuenta por primera vez con un marco Jurídico Legal Ley 800, que le da seguridad y estabilidad a los inversionistas. Y la posibilidad real de ejercer soberanía sobre dicho proyecto; con el  51%  de las acciones para el país. Reglamenta la supervisión el uso racional y sostenible del medioambiente en la zona geográfica de influencia, en el marco de los convenios y tratados nacionales e internacionales.


El proyecto se convertiría en el eje principal del despegue económico de Nicaragua, priorizando las comunidades locales.


Se declara como zona de paz y seguridad el área del Canal Interoceánico.


Todas las instituciones del Estado y la sociedad en general deben aunar esfuerzos para la materialización de este proyecto de nación.




BIBLIOGRAFIA

1.    Asamblea Nacional de la República de Nicaragua (2012). Iniciativa de Ley de Régimen Jurídico del Gran Canal de Nicaragua. Sitio Web www.asambleanacional.gob.ni

2.   Canal, entre lo viable y lo inverosímil. Recuperado 08 junio de 2012 sitio Web www.elnuevodiario.com.ni

3.    Jorge Eduardo Arellano. La Pax Americana (1910-1932).2004. 1ª.ed. Managua, fondo editorial CIRA. 

4.      Kinloch Frances El primer encuentro con los filibusteros en Nicaragua: antecedentes y contexto  2008. Visitado 03/09/12,11:47am          http//www.afehc-historia-centroamericana.org/?action=bul_aff&id=36

5.     Kinloch Frances. Nicaragua: Identidad y Cultura Política (1821-1858) (1999). Banco Central de Nicaragua.

6. Ley aprobada ayer en Managua. Álvaro Murillo. Recuperado. 12:00 A.M.  04/07/2012. http://www.trincheraonline.com/2012/06/08/la-ruta-de-transito-y-el-canal-interoceanico-por-nicaragua/

7.    Nicaragua expone en Bruselas “bondades” del Canal Interoceánico. Recuperado 06 junio de 2012 sitio Web www.elnuevodiario.com.ni

8.     Tratado de límites  entre Nicaragua y Costa Rica. Jerez-Cañas versión digital. Sitio Web www.fundaciónenriquebolaños.org


*Dimas Antonio Delgado Alemán
UNAN-Managua

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